Micelio
Auto7 de febrero de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Moreno Gomez Diana Katherine·Demandado Par Caprecom Liquidado Y Otro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Armenia y el Tribunal Superior de Armenia, Sala Civil - Familia - Laboral.

La controversia entre los Despachos es originada por demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana en contra de la Fiduciaria La Previsora S.A. “Fiduprevisora S.A.” como vocera y administradora del patrimonio autónomo de la liquidada Caprecom y el Ministerio de Salud y la Protección Social, a través de la cual pretende que se declare la existencia de un contrato de trabajo que mantuvo a partir de la suscripción sucesiva de varios contratos de prestación de servicios y por consiguiente, solicita se le condene al pago de las acreencias laborales correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla dispuesta en Auto 492 de 2021 y concluye que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Armenia para lo de su competencia y para que comunique esta providencia la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Armenia, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Armenia y la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Armenia, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Armenia la competencia para conocer y decidir la demanda interpuesta por la señora Diana Kathernine Moreno Gómez en contra de Fiduciaria La Previsora S.A. "Fiduprevisora S.A." como vocera y administradora del patrimonio autónomo de la liquidada Caprecom y el Ministerio de Salud y la Protección Social.
  4. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4721 al Juzgado
  5. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Armenia para lo de su competencia y para que comunique esta providencia la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Armenia, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.